Utiliza sus palabras claves: “levantar
las sanciones”. Miente pese a las evidencias: “Fracaso del gobierno para
abordar la pandemia global del COVID-19”. Maniobra con soluciones
mágicas e impuestas: “elecciones libres y justas”. La propuesta de
“gobierno de transición” hecha pública este martes 31 por el gobierno de
los Estados Unidos esconde, sin embargo, lo que ha sido la estrategia
fundamental del presidente Donald Trump para controlar los recursos
naturales de Venezuela. Dividir las fuerzas chavistas, destruir la
soberanía y retrotraer a Venezuela a la condición de colonia en una
pretensión abierta de regular la vida de la nación.
Veamos por qué
El “marco para la transición”, tal como
definió el secretario de Estado, Mike Pompeo, que se presenta como una
respuesta a la solicitud de levantamiento de las sanciones ilegales que
han apoyado incluso la Organización de Nacional Unidas y la Unión
Europea, aparece tres días después de que Juan Guaidó hiciera su
propuesta de gobierno de emergencia.
Si es la misma propuesta o si Guaidó lo
hizo mal, parece no importar, ahora que el gobierno estadounidense dejó a
los intermediarios e hizo pública su suerte de inventario de
condiciones, cuyo cumplimiento paso a paso es una suerte de
condicionamiento conductista por el que a cada orden cumplida, una
sanción retirada como premio.
Ninguna de las condiciones presentes en
la propuesta se corresponden con la Constitución venezolana. No existe
un Consejo de Estado que gobierne, sino una instancia consultiva del
gobierno, según el artículo 251. Como si de una mala lectura se tratara,
se intenta remedar la integración de este organismo consultor,
desconociendo que el artículo 252 dice expresamente que cinco de los
ocho miembros serán designados por el Presidente de la República, uno
por la Asamblea Nacional, uno por el Tribunal Supremo de Justicia y uno
elegido de entre los gobernadores.
Además trastoca las funciones del
Consejo de Estado -cuya competencia es la de recomendar políticas de
interés nacional-, dándole atribuciones de gobierno de transición, con
lo que se destituye de facto un presidente elegido en el marco
constitucional. Para ello, propone que la Asamblea Nacional apruebe una
ley que le dé una supuesta legalidad, lo que en conjunto constituye un
cambio, fuera de las normas previstas, de la Constitución Nacional.
La propuesta de violar la Constitución
no obedece al desconocimiento o a una salida “política” para conjurar
una crisis. Toda nación es libre y soberana para decidir e instaurar su
propio sistema jurídico y el resto de los países se comprometen a
respetarlo. Qué se entiende por soberanía, lo explica la sentencia 100
de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de febrero
de 2015, en contra de las acciones injerencistas que, en aquel momento,
desplegaba el gobierno estadounidense. “…la soberanía es exclusiva,
tanto a lo interno del Estado de que se trate como a lo externo de ese
Estado. A lo interno, el ejercicio de la soberanía consiste en que sólo
la organización estatal tiene atribuidas las potestades superiores de
gobierno en el territorio que ocupa; mientras que a lo externo significa
que ningún Estado, entidad u organismo extranjero o internacional puede
imponer el cumplimiento de sus normas a un Estado soberano, salvo que
dicho país hubiese concurrido a su adopción o las hubiese aceptado de
alguna forma, a través de la debida adhesión o suscripción, así como
ratificación de tratados, pactos, acuerdos, convenios o instrumentos
internacionales”
De acuerdo con esta sentencia, el
desconocimiento de la Constitución no sólo viola la soberanía nacional
sino también la autodeterminación del pueblo venezolano, pues este
principio “…supone para un pueblo su derecho a sentar y establecer por
su propia decisión, los parámetros que guiarán la vida de su Estado,
comportando ello lógicamente el derecho a su libertad e independencia
frente a cualquier otro Estado, así como también el derecho de decidir
por sí mismo, los aspectos fundamentales de su vida como Nación,
incluyendo la manera de determinar su forma de gobierno y las
autoridades encargadas del mismo, es decir, el derecho de atribuirse
libremente su conformación política y económica, atendiendo como fin
último, al ejercicio en su completa dimensión de su libertad y al
respeto de su voluntad soberana”.
Como si de una puesta a cero se tratara,
la propuesta pretende la anulación de las decisiones del sistema de
justicia – incluidas las del Tribunal Supremo de Justicia, cuyos
magistrados también deberán ser sustituidos- por las que se declaró el
desacato de la Asamblea Nacional y por las que se procesó a un número de
venezolanos involucrados en delitos de traición a la patria y
terrorismo. Es decir, devolvernos en el tiempo y legitimar todas las
acciones ilegales con las que se pretendió derrocar un gobierno
legítimamente escogido.
Todo ello representa la destrucción del
estado de derecho venezolano. Algo que no le es extraño al gobierno
estadounidense que ya ha puesto a prueba operaciones similares en otros
países, en los que provocó un caos en todas las esferas de su dinámica
social y económica, destruyendo su acervo cultural –sistemas jurídicos,
culturas, valores, etc-, retrotrayéndolos a prácticas de barbarie e
imponiéndoles el dominio de sus recursos, convencidos como están de que
los límites jurídicos y éticos desarrollados a lo largo de estos años
por el conjunto de las naciones representan ahora un obstáculo para la
subsistencia y desarrollo de los grandes capitales empresariales. Tal es
el ejemplo que nos dejó lo sucedido en Libia e Irak.
A quitar de en medio a sus rivales China
y Rusia –incluso a Cuba- o dar una señal a sectores de oposición,
puede deberse la inclusión, en esta propuesta, de una salida inmediata
de “fuerzas de seguridad extranjeras”. Esta condición para retirar
sanciones es curiosa, pues proviene de un país que cuenta con la
autorización del gobierno colombiano para el uso de siete de sus bases
militares instaladas en el territorio neogranadino. Además, se da en el
contexto del puente humanitario que se mantiene actualmente con China y
Rusia para la provisión de equipamiento que le permita al país enfrentar
la pandemia del COVID-19 y que ha sido difundido por los medios de
comunicación.
La vieja táctica de dividir para vencer
Para que su propuesta tenga éxito,
pretenden dividir al chavismo, en especial a los integrantes de la
Fuerza Armada Nacional Boliviariana (FANB), una denominación que siempre
ha sido desdeñada pero que ahora pareciera un guiño a los militares
venezolanos, cuya mayoría ha rechazado, hasta ahora, ser comprada por
los estadunidenses. A los altos oficiales le proponen, tener un miembro
asesor en el supuesto Consejo de Estado, nombre eufemístico para
suavizar el plan de instaurar un gobierno de facto, y también seguir
ejerciendo sus funciones en el alto mando militar.
Asimismo a los diputados, a quienes se
les ofrece una tajada en las decisiones que tendría que tomar la
Asamblea Nacional, y a los gobernadores y alcaldes, quienes seguirían en
sus cargos hasta el fin de sus mandatos.
Pero esta maniobra también buscaría
dividir una parte de la oposición, aquella que, con sentido patrio,
decidió sentarse en la Mesa de Diálogo Nacional y que no posee, sola o
con alianzas, el 25% de los miembros de la Asamblea Nacional que les
daría derecho, por si solos, a tener un miembro en el gobierno interino.
Imposición colonialista
La propuesta de “transición” es una
agresión más que se suma a la campaña del gobierno de Estados Unidos
para derrocar al Presidente Maduro con la participación de grupos
extremistas de la derecha local y gobiernos satélites.
En términos pragmáticos y fuera de toda
normativa internacional, Estados Unidos pretende imponerle a Venezuela
reglas ajenas a nuestro estado de derecho, una regulación para un
gobierno de facto y cómo deben ser las relaciones internacionales que
establezca la nación. A esta actitud injerencista se le llama
colonialismo. Y contra esta práctica se han dirigido buena parte de las
declaraciones internacionales de derechos de las naciones, tal como lo
recuerda la sentencia del TSJ: “Como puede apreciarse, el Derecho
Internacional consagra, desde tiempos remotos, los principios de no
intervención directa o indirecta, y sea cual fuere el motivo, en los
asuntos internos o externos de cualquier otro; de no intervención o de
amenaza atentatoria de la personalidad del Estado, o de los elementos
políticos, económicos y culturales que lo constituyen; de prohibición de
aplicar o fomentar el uso de medidas económicas, políticas o de
cualquier otra índole para coaccionar a otro Estado a fin de lograr que
subordine el ejercicio de sus derechos soberanos u obtener de él
ventajas de cualquier orden; de abstención de organizar, apoyar,
fomentar, financiar, instigar o tolerar actividades armadas, subversivas
o terroristas encaminadas a cambiar por la violencia el régimen de otro
Estado, y de intervenir en una guerra civil de otro Estado; de libertad
de cada Estado para elegir su sistema político, económico, social y
cultural, sin injerencia en ninguna forma por parte de ningún otro
Estado; y de respeto al derecho de libre determinación e independencia
de los pueblos y naciones. Más allá, esta Sala observa que el
ordenamiento citado impone el deber de contribuir a la eliminación
completa del colonialismo en todas sus formas y manifestaciones,
incluyendo los tipos de neocolonialismo que perviven en el mundo actual,
principalmente, en las regiones más vulnerables frente a ese tipo de
formas de neodominación, de agresiones y, en fin, de atentados contra la
humanidad”.
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